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Estudio de Ruido Ambiental


borex - 3 abril, 2019 - 0 comments

Estudio de Ruido Ambiental – RAC

El Estudio de Ruido Ambiental comprende a todo establecimiento que realice una actividad genera un impacto en el ambiente que lo rodea. En esta nota vamos a focalizarnos en el impacto acústico, vamos a ver el marco legal, el objetivo del estudio y cómo realizar la presentación del mismo.

Marco Legal

El estudio de la contaminación por ruido en la Ciudad de Buenos Aires está regulado por la Ley 1540 y su Decreto Reglamentario 740. El ente regulador es la Agencia de Protección Ambiental (en adelante APrA). En dicho decreto se encuentran los lineamientos para la realización de los estudios de ruido, dependiendo del caso a evaluar.

Objetivo

El objetivo del estudio es evaluar los ruidos generados por la actividad y compararlos con los límites permitidos. Para definir dichos límites, se establecen correlaciones entre las Áreas de Sensibilidad Acústica en el ambiente exterior (ASAE) y los distritos de zonificación del Código de Planeamiento Urbano. De esa manera se asocia un ASAE a diferentes Tipos y cada uno tienen sus valores máximos definidos.

Realización del estudio

El estudio debe ser realizado por un profesional inscripto en el Registro de la Ley 1540, quien elabora un informe detallado de la medición realizada junto con las conclusiones y luego se presenta en una plataforma virtual llamada “Sistema Público de solicitudes APrA” (SIPSA), donde se carga el informe junto con documentación pertinente que luego es revisada por el sector técnico de APrA.

Una vez aprobada la documentación y el informe, se emite un certificado de finalización que debe ser retirado por el titular de la actividad evaluada.

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